28/11/06

Con viento en contra

El Gobierno quiere depurar el registro de operadores y fijó condiciones de facturación, patrimonio, garantías y avales bancarios que las firmas más chicas no pueden cumplir.
Edmundo está por perder un negocio. Es especialista en matricería e inyección de termoplásticos. Carlos es uno de sus principales clientes. Fabrica termos con ampollas de vidrio importadas desde China, y le encargó una matriz a Edmundo para producir 40.000 termos que exportará a Brasil, en una operación que demoró dos años de negociaciones. Carlos logró de su cliente brasileño un pago por adelantado. Pero la semana pasada, lo llamó a Edmundo para informarle que no contrataría sus servicios de inyección. La matriz quedará, por lo pronto, sin estrenar. ¿Por qué esta cadena importación-producción-exportación quedó trunca? La reciente resolución 2144 de la AFIP formalizó una serie de requisitos para que las empresas puedan permanecer inscriptas en el Registro de Importadores y Exportadores: demostrar solvencia económica mediante una facturación mayor a $ 300.000 en 2005 o un patrimonio por igual valor; de lo contrario deben depositar una garantía en efectivo en favor de la AFIP por $ 30.000 (que será retenida por cinco años a partir de la fecha en que el operador solicite su baja del registro) o bien conseguir un aval bancario por esta última suma. Edmundo compartía la bronca de su cliente, porque su línea de producción también quedaba parada. "No entiendo... Sos importador desde hace más de una década, nunca tuviste deudas con la AFIP y pagás por adelantado anticipo de IVA del 42% [normalmente es del 21% más un adicional del 10,5%, pero como la Aduana tiene una valoración diferente de la que él tiene, paga doble IVA], anticipo de ganancias del 7% y anticipo de ingresos brutos, todo a cuenta de futuras ventas, ¿cómo es que ahora te piden garantías?", le preguntaba a su cliente. Carlos cerró balance el 31 de marzo de 2005, y su contabilidad acusa una facturación de $ 280.000, y la diferencia entre sus activos y sus pasivos (patrimonio neto) no llega a los $ 300.000 exigidos por la resolución. Edmundo, una vez más, quiso saber qué haría si antes de este jueves -fecha límite establecida por la resolución 2144 para acreditar solvencia- no depositaba los $ 30.000 (el equivalente a un mes y medio de ventas de termos) o no conseguía un aval de su banco. Carlos sólo atinó a responderle que cuando llegaran las ampollas desde China no podría despacharlas porque estaría inhabilitado como importador. Dos días después de esta conversación, la AFIP redactó -el jueves último- la resolución 2162 (ver recuadro), que extiende el plazo para informar solvencia económica o constituir garantías del 30 de este mes al 1° de marzo de 2007. Carlos respiró aliviado al enterarse, y llamó a Edmundo nuevamente para seguir adelante con la operación, porque llegaba con lo justo. Pero el problema de fondo -la facturación o patrimonio exigido, y el monto de la garantía- permanece allí para muchas pymes.
Misión depuración
Con esta norma, la AFIP busca depurar el registro de operadores. Hasta ahora, para transformarse en importador/exportador alcanzaba con llenar un formulario, presentar un CUIT y un acta de directorio con distribución de cargos certificada por un escribano. Luego de la resolución 2144, un 44% de los empresarios inscriptos fue dado de baja (37.318 operadores). "Treinta mil pesos, sin diferencias para cualquier empresa que facture menos de $ 300.000 por año, es discriminatorio, porque a las que facturan más de esa cifra no se les pide nada", estimó Juan Antonio Revuelto, despachante de aduana y licenciado en Comercio Internacional. "Me parece perfecto -agregó- que se borre del registro al que no operó en los últimos cinco años o al que inventa un domicilio. Pero para el que exporta dos o tres veces por mes US$ 3000, pedirle que presente una garantía por $ 30.000 es demasiado." Las puertas se cierran aún más con la negativa de los bancos a avalar en favor de la AFIP. Consultado al respecto por LA NACION, el gerente de Comercio Internacional del BBVA Banco Francés, Arnaldo Prieto, señaló: "No damos avales porque no estamos de acuerdo con el texto de la resolución y el vencimiento de cinco años que establecen para devolver el aval. Es inaceptable porque la devolución fue históricamente un problema con la Aduana, aunque ahora lo están corrigiendo. Pedimos un plazo más prudente, de un año por ejemplo".
-¿Hay otra alternativa al aval?
-Sí, las pólizas de caución, o bien que les realicen un monitoreo contable de sus propios balances. Patricia Aquino, del área de Caución de la aseguradora de créditos Coface, aclaró que "existen garantías aduaneras autorizadas para usar caución, pero el carácter de las garantías que pide la resolución es de actuación, y la Superintendencia de Seguros no autoriza las cauciones para este tipo de riesgo". La caución es como el aval bancario, pero dado por una compañía de seguros, a su vez respaldada por una reaseguradora (en su mayoría, grandes compañías del exterior). Es una garantía dada a los operadores para sustituir el pago de derechos en la Aduana y su uso está muy extendido en las importaciones temporarias. "Los tomadores de caución son sometidos a una evaluación patrimonial y a un informe comercial y crediticio. En función del resultado, se les asigna un cupo para operar en caución por un tiempo determinado", sostuvo. Aquino reconoció que el plazo de cinco años "es bastante comprometido para el riesgo que se pretende cubrir. Si bien la vigencia que damos es abierta, las de mayor plazo son las de importaciones temporarias y se las extiende por un máximo de dos años". En rigor, el mismo Código Aduanero establece la obligatoriedad de presentar garantías para operar, pero no especificaba su naturaleza. Esta resolución cumple con aquel mandato al explicitar cantidad, calidad y plazos para dichas garantías. "Es una medida positiva. Hay que tener un criterio para registrar a los operadores; no es lógico que cualquiera pueda inscribirse pasando por dos ventanillas. La Aduana no es sólo un organismo fiscal, sino que debe ejercer una tarea de control", indicó María José Etulain, abogada especializada en comercio exterior. Según Etulain, dicha tarea de control se dificulta con la cantidad de operadores existentes, muchos de los cuales hace tiempo que no despachan. "La Aduana no tiene recursos abundantes, y la fiscalización demora mucho tiempo; tiene que concentrarse en una masa crítica. Es una molestia operativa, es cierto, pero puede solucionarse dejando una ventanilla abierta para casos particulares", amplió. Dinero inmovilizado Leonardo Saluzzi, de Natucereal, se registró hace dos años como exportador. "Lo hice como deseo, como proyecto", dijo, luego de recibir consultas desde Uruguay mediante su página de Internet, por las cuales le solicitaban información sobre su producto: milanesas de soja. Armó una base de datos de clientes potenciales y mandó muestras a Chile, pero todavía no logró la primera exportación. La resolución fue como un balde de agua fría. "Es una lástima y una locura tener que inmovilizar $ 30.000 cuando se es una empresa tan chica. Para mí, esa plata representa tres meses o más de compras", manifestó. Como director del Programa Primera Exportación de la Fundación Gas Natural -que capacitó a 11.000 empresas desde 2001, dicta 70 seminarios por año y brinda asesoramiento y consultoría a 4500 pymes- Pablo Furnari conoce a los que dan los primeros pasos en el comercio exterior. "Destaco la necesidad de poner la información en orden. No obstante, creo en los mecanismos que faciliten el comercio. Las pymes se desmoralizan ante estas resoluciones", expresó, tras preguntarse qué sucederá con los microempresarios o los artesanos del interior, donde las propiedades no valen lo mismo que en Buenos Aires y ni de casualidad llegan a aquellas cifras. "¿Qué pasa con los que alquilan el depósito y tienen las máquinas en leasing?", cuestionó. Al sentimiento de discrecionalidad se suma la probabilidad de enfrentar extracostos. "Los pequeños exportadores que no apliquen perderán la posibilidad de continuar sus operaciones o deberán recurrir a un intermediario exportador, siempre que el cliente externo acepte un aumento de los precios pactados por la intervención del intermediario. Y quien incorporaba insumos importados a su pequeño proceso de producción de bienes deberá pagar mayores precios por tener que comprarle los mismos a un intermediario importador, trasladando el mayor costo al precio de venta al público", comentó Jorge Luis Arrmesto, despachante e importador/exportador. El Gobierno ya firmó la resolución y ya realizó una enmienda. A los más chicos sólo les queda esperar ese buen negocio que los haga solventes a los ojos de la AFIP para seguir operando con tranquilidad.
Diario LA NACION

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